Una nueva polémica se abre en torno al decreto que regula a Uber en Montevideo. A continuación, los cambios que quiere establecer la Intendencia de Montevideo…
Este jueves 14 de marzo de 2019 ACUA (Asociación de Conductores Uruguayos de Aplicaciones) realizó una movilización en Parque Rodó con destino a la Junta Departamental para presentar sus consideraciones sobre la apertura del registro de permisarios y la modificación del art. 3.
Dos días antes la IMM había comunicado a la ACUA los cambios a presentarse ese mismo día en la Junta Departamental de Montevideo.
Actualización Mayo 2019:
Cambios propuestos por la IMM al decreto que regula a Uber en Montevideo – 2019
Estas son las modificaciones que busca aprobar la Intendencia de Montevideo:
1- El permisario deberá ser el Titular registrado en IMM.
Es decir, el Titular, permisario y conductor deben ser la misma persona. No podrán conducir familiares ni otros terceros que no sean el permisario y propietario del auto.
Al respecto, esto dice la IMM en su comunicado ‘Cambios en regulación de aplicaciones de transporte a partir de estudio económico:
«La reglamentación actual reconoce dos tipos de figuras distintas: el permisario y el chofer.
El estudio explica que la razón de habilitar estas figuras era poder contemplar algún tipo de comportamiento colaborativo, en que, por ejemplo, un padre propietario de un coche se lo prestara a su hijo para poder tener una fuente de ingresos.
Por tal motivo, la Intendencia elevará a la Junta Departamental un proyecto de modificación del decreto que regula a las plataformas, donde se establece la exigencia de que el permisario sea a la vez chofer de su vehículo. Además, se exige que el permisario sea a su vez el titular registral del vehículo.
También se extiende por un mes más -a partir del 31 de marzo- el cierre del registro de permisarios, para conceder el tiempo necesario para el tratamiento legsilativo del proyecto».
2- Plazo para regular a los permisarios ya existentes y adecuarlos a la nueva norma será de 1 año (12 meses), desde promulgada la normativa.
3- La compra de auto usado se mantiene con las mismas características, pero no podrán utilizarse autos que hayan sido taxis o remis.
4- La reapertura del registro de nuevos permisiarios, que se prevé podría ser en el mes de mayo de 2019.
Modificación del Artículo 3, el punto más polémico entre conductores
La IMM pretende cambiar el contenido del artículo 3 del Decreto Nº 36.197 aprobado por la Junta Departamental a fines de 2016.
Allí, además de exigir que los titulares de los autos cuenten con un permiso otorgado por la Intendencia de Montevideo, se establece:
«Podrán ser permisarios el propietario del vehículo, su titular registral de acuerdo al Registro de Vehículos de la Intendencia de Montevideo, el poseedor, el mejor postor en remate aprobado judicialmente o realizado por organismos públicos, o el promitente comprador cuyo compromiso tenga firmas certificadas por escribano público, según corresponda.
Solo podrán ser permisarios personas físicas. Los permisos se otorgarán por cada vehículo.
Ninguna persona podrá ser titular de más de un permiso afectado al servicio regulado en el presente decreto.
El conductor podrá ser el permisario o cualquier otra persona que éste determine, siempre que cumpla lo establecido en el artículo 10″.
En otras palabras, tal como hoy está establecido el decreto, el conductor puede ser el permisario o cualquier otra persona que él decida, siempre y cuando cumpla con las obligaciones contempladas en el artículo 10.
Pero desde ahora, en caso de aprobarse las modificaciones propuestas por la IMM, el auto sólo podrá usarse por el permisario, es decir el dueño del vehículo registrado en la comuna y no por familiares, amigos u otros terceros.
Para muchos trabajadores de Uber en Montevideo, este cambio es por lo menos inoportuno y puede impactar negativamente, dejando afuera a varios conductores.
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